IES La Foia: Información sobre la huelga de estudiantes

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jueves, 19 de febrero de 2015

Información sobre la huelga de estudiantes


En relación con la ‘huelga’ de estudiantes convocada para los días 25 y 26 de febrero, la dirección del IES ‘La Foia’ informa de los siguientes puntos: 

1. La ‘huelga’ ha sido convocada por los sindicatos de estudiantes y, en consecuencia, sólo los estudiantes están llamados a la misma, no los profesores ni el resto del personal del centro. 

2. Los alumnos que acudan al centro recibirán clase. Los días 25 y 26 de febrero son días lectivos, por lo que, en conformidad con el artículo 34.6 del Decreto 39/2008, este centro garantizará el derecho a asistir a clase y a permanecer en el mismo debidamente atendido al alumnado que no desee ejercitar su derecho de reunión en los términos previstos en la legislación vigente. 

3. Los profesores pasarán lista y las faltas deberán ser justificadas por los padres o tutores. 

4. Dado el carácter lectivo de estas jornadas, los profesores podrán desarrollar las actividades docentes programadas para las mismas, incluidos exámenes. En caso de faltar a un examen como consecuencia del ejercicio del derecho de reunión del alumno en los términos previstos en la legislación vigente, el procedimiento será análogo al seguido con cualquier otra falta justificada, por lo que se realizará el examen en otra fecha, a elección del profesor. 

5. El alumnado menor de edad que acuda al centro no podrá abandonar el mismo. El alumnado mayor de edad que abandone el centro deberá respetar los horarios habituales de apertura y cierre de puertas.

6. Las decisiones colectivas de los alumnos de ejercer su derecho de reunión que impliquen la inasistencia a clase deberán ser comunicadas a la dirección del centro con una antelación mínima de cinco días naturales. 

7. Las decisiones colectivas de inasistencia a clase no tendrán consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro. 

8. La ‘huelga’ ha sido convocada por los sindicatos de estudiantes para las dos jornadas en su totalidad, por lo que la inasistencia parcial a las clases de una jornada escolar implica que dichas ausencias no puedan considerarse justificadas como resultantes del ejercicio del derecho de reunión. 

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